jueves, mayo 2, 2024

Senadora Guadalupe Murguía, proyecto de decreto en materia de acciones de inconstitucionalidad

Intervención en tribuna de la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, para referirse al proyecto de decreto por el que se reforman los incisos A) y B) de la fracción II del artículo 105 de la Constitución en materia de acciones de inconstitucionalidad.

 

 

 

11 de marzo de 2021 

Version de la intervención en tribuna de la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, para referirse al proyecto de decreto por el que se reforman los incisos A) y B) de la fracción II del artículo 105 de la Constitución en materia de acciones de inconstitucionalidad

Con su venia, señor presidente.

Compañeras y compañeros Senadores:

El día de hoy vengo a hablar a favor del dictamen por el que se reforman los incisos a) y b) de la fracción II del artículo 105 de la Constitución, en materia de acciones de inconstitucionalidad.

Dicho dictamen contempla la iniciativa que presenté en el mes de septiembre del 2019 y la que presentó el Senador Miguel Osorio Chong en el mes de marzo del 2020.

Las acciones de inconstitucionalidad constituyen una vía para someter a consideración de la Suprema Corte de Justicia aquellas normas que se consideran contrarias al texto constitucional.

Actualmente, este medio de control constitucional puede ser presentado, entre otros supuestos, por el 33 % de los integrantes de la Cámara de Diputados en contra de leyes federales que violen o puedan violar nuestra Constitución.

Y el 33 % de los integrantes del Senado en contra de leyes federales o tratados internacionales que pudieran ser violatorios de la Constitución.

Sin embargo, el Congreso de la Unión no cuenta con atribuciones para plantear ante la Corte la posible contradicción de reformas o adiciones a las constituciones de las entidades federativas cuando éstas puedan ir en contra de la Constitución federal.

Es por ello que resulta fundamental aprobar que el 33 % de los integrantes, ya sea de la Cámara de Diputados o la Cámara de Senadores puedan presentar acción de inconstitucionalidad.

La acción de inconstitucionalidad constituye uno de los más importantes medios de control en el sistema jurídico mexicano, principalmente por el alcance que tienen sus resoluciones, que son de carácter general, que benefician a todos los gobernados aun cuando no haya interpuesto juicio alguno.

La única forma de preservar el Estado de derecho, de defender el Pacto Federal, el equilibrio de poderes, pero, sobre todo, de garantizar los derechos humanos, es estableciendo mecanismos concretos y eficaces de protección del texto constitucional.

Les pido su voto a favor de este dictamen para plantear a la Suprema Corte, a quien corresponderá decidir la posible contradicción de acciones o reformas que comentan las constituciones de las entidades federativas respecto de la Constitución federal.

Garanticemos así los derechos humanos, preservemos el Estado de derecho y defendamos nuestra Constitución.

Es cuanto.

Muchas gracias.

ooOoo

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