martes, mayo 7, 2024

Senador José Alfredo Botello Montes, discusión de un dictamen en materia de la Ley General de Partidos Políticos

Intervención del senador José Alfredo Botello Montes, al participar en la discusión de un dictamen de las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda, por el que se adicionan los artículos 23 y 25 de la Ley General de Partidos Políticos y un artículo 19 ter a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

 

 

 

23 de febrero de 2022

Versión de la intervención del senador José Alfredo Botello Montes, al participar en la discusión de un dictamen de las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda, por el que se adicionan los artículos 23 y 25 de la Ley General de Partidos Políticos y un artículo 19 ter a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

 

Muchas gracias, presidenta.

Compañeras y compañeros Senadores:

Lo mejor sería que existieran previsiones y fondos para gastos catastróficos, desastres naturales, de reconstrucción o alguna otra índole, pero desgraciadamente hoy ya no existen por disposición del gobierno federal y lo que había quién sabe en qué se ha aplicado, incluyendo el recurso que formaba parte de los fideicomisos que, mediante decreto aprobado por la mayoría, que hacen lo que el inquilino de Palacio les ordena, así lo determinaron.

Durante casi 40 años el PAN trabajó sin necesidad de un financiamiento público y sin necesidad también del decreto que se nos presenta hoy a discusión y votación, dispusimos que casi 200 millones de pesos de nuestros recursos de financiamiento se dispusieran para atender parte de las contingencias generadas a raíz del sismo del 19 de septiembre del 2017, e incluso como ya lo dijo quién me precedió, también ellos renunciaron en un momento a la obtención de ese recurso público.

Ahora bien, que en el marco jurídico que nos rige el Consejo General del Instituto Nacional Electoral para mayor claridad y norte para aquellos que anunciaron que aplicarían parte de su recurso y no lo hicieron para atender alguna contingencia aduciendo que no había reglas y lineamientos para el caso que algún partido político pretendiera renunciar.

Ahora bien, en el decreto que nos ocupa se pretende adicionar un artículo 19 Ter a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para que los ingresos por concepto de aprovechamientos que correspondan a las disponibilidades o remanentes de recursos que los partidos políticos enteren a la Tesorería de la Federación podrán ser destinados por la Secretaría preferentemente.

¡Ojo! preferentemente para atender los efectos de cualquier desastre o fenómeno contemplado en la Ley General de Protección Civil o cualquier otro que disponga o que ponga a la sociedad en grave peligro, él podrá o preferentemente es un fraude desde la ley ya que nadie asegura el uso destino que se le dé a esa decisión partidista, hoy se puede renunciar, amigas y amigos, a esos recursos y sí se puede devolver los recursos públicos que les fueren asignados a los partidos políticos, pero de aprobarse este dictamen en los términos que se nos propone también, amigas y amigos, se estaría violentando el artículo134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que nosotros como miembros del Congreso General protestamos cumplir y hacer cumplir la ley, ya que los recursos que fueron entregados a los partidos políticos deben ser para el fin al cual nos fue entregado.

Por lo tanto, el voto y de la mayoría de la fracción del PAN será en contra.

Muchas gracias.

 

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