viernes, abril 26, 2024

Senadora Guadalupe Saldaña presenta reserva a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

17 de noviembre de 2021

Versión de la intervención de la senadora Guadalupe Saldaña Cisneros, al participar en la discusión de un dictamen de las comisiones unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, y de Estudios Legislativos, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Muchísimas gracias, presidenta.

 

Para los que alcanzaron a escuchar con mucha atención la exposición de este dictamen y los posicionamientos a favor, se habla de una prohibición de los plásticos de un solo uso de acuerdo a los planteamientos de estas reformas de ley, y estas reformas plantean que en el 2025 se van a prohibir.

¿Por qué vengo a posicionar en contra? Porque en mi estado, y estoy segura de que en muchos estados más, ya están prohibidos los plásticos de un solo uso, y en mi punto de vista es ir para atrás en los estados en donde se ha luchado y se ha dado toda una batalla para lograr lo que hoy tenemos logrado en la legislación local.

En el particular de mi estado se reformó la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, aprobada en 2018, y se le llamó la Ley Desplastificante, y en 2019 se hizo efectiva.

Y, bueno, creo yo que el dictamen que hoy discutimos respecto a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos no atiende la exigencia social, de que resuelva el problema del exceso de plásticos en el país que es ya una amenaza contra la biodiversidad y la calidad del suelo, del agua, del airea.

En este dictamen se están pasando por alto dos puntos fundamentales:

Uno, el que ya les planteé de los avances y de las prohibiciones que ya tenemos en algunas legislaciones locales.

Y dos, que también es clave a nuestro punto de vista, la definición de plásticos de un solo uso.

Dice: “con dicha definición no se van a prohibir estos residuos porque la técnica, porque técnica y materialmente todo puede ser reutilizable, todo puede ser valorado y todo puede ser aprovechado”.

Si ustedes revisan la definición de plásticos de un solo uso en el artículo 5, y ustedes lo pueden revisar, dice ahí en esta definición: “que van a quedar prohibidos los que puedan ser de un solo uso”, y manejan que no se puedan reciclar o aprovechar.

Una bolsa de plástico, una botella puede volver a usarse, o puede aprovecharse, o puede reciclarse, y entonces creemos que se corre el riesgo de que no se prohíba nada en esta ley que se propone.

El dictamen pospone la prohibición, y eso afecta a las entidades que tienen un avance. Sí vienen, por ahí se consiguió que se le agregue una parte a la iniciativa donde dice, donde ponen “que se va a respetar lo legislado en otros estados”; pero también viene otra parte donde dice “que no puede contravenir esta ley con las leyes de las entidades”.

La Presidenta Senadora Verónica Martínez García: Senadora Guadalupe, si me permite un momento, el Senador Raúl Bolaños desea hacerle una pregunta.

¿La acepta?

La Senadora María Guadalupe Saldaña Cisneros: Sí.

La Presidenta Senadora Verónica Martínez García: Adelante, Senador Raúl Bolaños.

El Senador Raúl Bolaños Cacho Cué: (Desde su escaño) Gracias ciudadana presidenta.

Con mucho respeto a nuestra compañera ex secretaria de la Comisión de Medio Ambiente.

Consultarle si tuvo oportunidad de ver el texto, de la reserva al artículo transitorio que elaboramos junto con su compañero Damián Zepeda, Xóchitl Gálvez y diversos Senadores de distintos grupos parlamentarios, donde pretendemos incorporar a través de dicho transitorio “que los estados que ya hayan avanzado en la regulación del uso de los plásticos, en una legislación que no contravenga los principales objetivos de lo que hoy estamos aprobando, continúen en la misma implementación de su ordenamiento, y quienes contravengan las disposiciones que hoy estamos discutiendo se ajusten a lo que estaríamos, en su caso, aprobando en el Senado de la República”.

Sería cuanto.

La Presidenta Senadora Verónica Martínez García: Adelante, Senadora Guadalupe Saldaña.

La Senadora María Guadalupe Saldaña Cisneros: Sí, por supuesto que se leyó, compañero Senador, y también se leyó otra parte de la ley donde dice “que no se puede contravenir a esta ley con otras legislaciones locales”.

Hace ratito, y son las dos partes, esta que me preocupa que podamos generar un retroceso a lo avanzado en las legislaturas locales.

Y la otra parte es la definición que yo les planteaba aquí, de plásticos de un solo uso, que dice, y se los quiero leer, dice: “Plásticos de un solo uso. Aquellos plásticos incluyendo envases y empaques que están diseñados para ser usados por una sola vez y que no sean reutilizables, reciclables, compostables, ni son susceptibles de valoración o aprovechamiento”.

Díganme si una bolsa no se puede aprovechar, si una botella no se puede aprovechar. Creo yo que debió de haber quedado perfectamente clara la definición de “plásticos de un solo uso” así como lo dictan definiciones de carácter internacional.

Son los dos puntos que nos preocupan y que nos llevaron a tomar la decisión de votar en contra estas reformas que vienen en este planteamiento, la verdad que han sido, y reconozco la apertura de la comisión, pero han sido también luchas de las legislaturas locales, que creo yo que con lo abordado en este planteamiento de la ley no cubren con esa seguridad de los avances que tenemos en las legislaturas.

No sólo del estado de Baja California Sur, sino de varios estados, como Querétaro, como Sonora, con la misma Ciudad de México, como Nayarit y otras entidades federativas que tienen un avance grandísimo en la prohibición o en la sustitución, y que en sus legislaciones sí viene especificado de manera detallada que son los plásticos de un solo uso.

Y que, si me lo permiten, en la reserva también lo voy a plantear de manera detallada como se plantea en la reforma y como lo proponemos para que no quede duda de que viene una prohibición y una sustitución, y de que estas reformas nos van a servir de algo y no van a perjudicar lo que en materia se tiene avanzado en las legislaturas locales.

Es cuanto, presidenta.

La Presidenta Senadora Verónica Martínez García: Senadora, desea el Senador Raúl Bolaños hacerle otra pregunta, ¿la acepta usted?

Adelante, Senador Bolaños.

El Senador Raúl Bolaños Cacho Cué: (Desde su escaño) Gracias, presidenta.

Dos preguntas muy sencillas, Senadora:

La primera, ¿el posicionamiento que usted presenta es a título personal o a nombre de la bancada de Acción Nacional?

Y la segunda, es que usted entonces está ahorita dejando claro que su posición es respecto a la definición de plásticos de un solo uso, misma que fue discutida durante tres años con todos los Senadores de todos los grupos parlamentarios, y la parte de la preocupación respecto a la legislación de cada uno de los estados no estuvo usted de acuerdo con el proyecto de reserva que construimos en conjunto con Senadores de todos los grupos parlamentarios.

Sería cuanto.

La Presidenta Senadora Verónica Martínez García: Adelante, Senadora Saldaña.

La Senadora María Guadalupe Saldaña Cisneros: Muchas gracias, presidente de la Comisión.

Mi posicionamiento es a título personal el que estoy planteando, y las modificaciones que ustedes le hicieron al dictamen no cumplen con lo que yo como legisladora, mi equipo técnico ha determinado en función, no de lo que le interesa a la Senadora Lupita Saldaña, sino de lo que nos exige la sociedad que está allá afuera, que ya está cansada de que no seamos claros en la legislación de las prohibiciones.

Por cierto, mi reserva está fundamentada en las iniciativas que supuestamente respaldan la iniciativa que, por cierto, no vienen aquí plasmadas, no traen el espíritu de esas iniciativas esta reforma.

Entonces, pues ese es un planteamiento, por supuesto a título personal por parte de una servidora.

Es cuanto.

Muchas gracias.

ooOoo

 

Intervención en tribuna de la senadora Guadalupe Saldaña Cisneros, para presentar reserva al artículo 5, del proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

 

17 de noviembre de 2021

Versión de la participación en tribuna de la senadora Guadalupe Saldaña Cisneros, para presentar reservas al proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Muchas gracias, presidenta.

Iniciaría diciendo que es importante el debate y es importante disentir, y como prueba es esta adición que van a hacer al séptimo y que, pues se planteó desde un inicio por una servidora y que yo creo que, en parte, pues es de lo menos malo del dictamen.

Y a continuación propongo el que no fue considerado, pero igual creo que es muy importante dentro del dictamen.

La definición de plásticos de un solo uso, plasmada en el dictamen, discrepa de las definiciones de plástico de un solo uso establecidas por la comunidad internacional.

La directiva de la Unión Europea establece: “producto de plástico de un solo uso es un producto fabricado total o parcialmente con plástico y que no ha sido concebido, diseñado o introducido en el mercado para completar dentro de su período de vida múltiples circuitos o rotaciones mediante su devolución a un productor para ser rellenado o reutilizado con el mismo fin para el que fue concebido”.

La hoja de ruta de ONU Medio Ambiente define al plástico de un solo uso como “los plásticos de un solo uso”, también llamado a menudo como plásticos desechables, se suelen utilizar para envases plásticos, se incluye en artículos destinados a ser utilizados una sola vez antes de ser descartados o reciclados.

Estos se incluyen, en otros, artículos tales como: bolsas de supermercado, envases de alimentos, botellas, vajillas, recipientes, vasos y cubiertos.

La definición de plásticos de un solo uso, plasmada en el dictamen, establece que nada, nada quedará prohibido toda vez que en estricto sentido técnica y materialmente todo puede ser reutilizable, una bolsa de plástico, por ejemplo; todo pude ser reciclable como un utensilio de unicel, por ejemplo, o valorizable; todo se puede incinerar para procesos de cogeneración, o todo puede ser aprovechable, lo cual no es el objetivo de la reforma, ni de la economía circular.

Lo anterior contrasta, como les decía hace rato, con el hecho de que la mayoría de las 26 iniciativas que son objeto del dictamen, y que en su mayoría son extraordinarias, proponían originalmente la prohibición concreta, incluso mediante lista de productos específicos de plásticos de un solo uso, lo cual queda desvirtuado en el dictamen que hoy se plantea.

Por ello, propongo una modificación al artículo 5, fracción XXXII del dictamen, a efecto de promover una definición adecuada y clara al respecto.

Y la modificación o lo que proponemos sería lo siguiente:

Artículo 5. Plásticos de un solo uso, productos que no pueden ser reutilizados si son susceptibles de ser sustituidos por productos de otros materiales, entre los cuales se encuentran isopos, popotes, vasos, platos, cubiertos y globos de plástico, filtros de cigarros con contenido plástico, así como envases, utensilios, contenedores y materiales escolares de polietileno expandido.

Es cuanto, presidenta.

ooOoo

 

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