viernes, abril 26, 2024

Senadora Kenia López Rabadán presenta dictamen en materia de desaparición forzada

Intervención en tribuna de la senadora Kenia López Rabadán para presentar el dictamen de la Declaración que formulan los Estados Unidos Mexicanos para reconocer la competencia del Comité contra las Desapariciones Forzadas para recibir y examinar las comunicaciones presentadas por personas que se encuentren bajo su jurisdicción o en nombre de ellas.

 

 

Con su venia, Presidente.

El delito de desaparición forzada es uno de los ilícitos más desbastadores que existen, ya que implica violaciones graves a los derechos humanos de las personas, es cometido por servidores del Estado o particulares, que con el consentimiento de un servidor público privan de la libertad a una persona, seguida de la abstención o negativa de reconocer dicha privación de libertad o a proporcionar la información sobre el destino de ella.

La desaparición forzada va acompañada en muchos de los casos por otros delitos como la tortura, los tratos crueles, inhumanos o degradantes, detenciones arbitrarias, ejecuciones extrajudiciales y generalmente, del peor flagelo que existe en cualquier sistema de justicia que es la impunidad.

La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, entró en vigor para México, desde diciembre del 2010 y establece, entre otras cuestiones relevantes la existencia del Comité contra la Desaparición Forzada, órgano encargado de vigilar el cumplimiento de la Convención por parte de los Estados que forman parte de ella.

Está integrado por diez expertos que deben contar con integridad moral, reconocida competencia en materia de derechos humanos, independencia y es en ser las funciones a título personal y con total imparcialidad.

El Comité recibe los informes periódicos de los Estados parte, realiza visitas a los países firmantes de la Convención informa a la Asamblea General de la ONU, sobre prácticas que generalizadas o sistemáticas de desapariciones en algún país.

Realiza observaciones y recomendaciones y ahora también tendrá competencia en México, para recibir y examinar las comunicaciones presentadas por personas que se encuentren bajo su jurisdicción o en nombre de ellas, que aleguen ser víctimas de violaciones por parte de autoridades en nuestro país.

¿Qué significa esto, compañeras y compañeros?

Que, si el Comité considera que la comunicación realizada por una víctima de desaparición forzada en nuestro país cumple con los requisitos establecidos en la Convención, la transmitirá al Estado mexicano, y le solicitará que le proporcione en un plazo que habrá de fijar el propio Comité, sus observaciones y comentarios.

El Comité informará a la persona que interpuso la comunicación, las respuestas proporcionadas por el Estado mexicano, y en el momento procesal oportuno, emitirá el dictamen correspondiente, que podrá consistir, entre otras cuestiones, en instar a nuestro país a reconocer a la víctima y aplicar los protocolos y principios rectores de búsqueda.

Asimismo, podrá exigir se juzgue y se castigue a los responsables y se tomen las debidas…

El Presidente Senador Óscar Eduardo Ramírez Aguilar: Permítame, Senadora.

Solicito nuevamente a los asesores o personal, que fueran tan amables de retirarse del recinto.

Adelante, Senadora.

La Senadora Kenia López Rabadán: Gracias, Presidente.

Y se tomen las medidas para reparar y hacer efectivas las garantías de no repetición, en el mismo sentido durante el transcurso del procedimiento, el Comité podrá dirigir a México, solicitudes para que adopte las medidas cautelares necesarias, con miras a evitar posibles daños irreparables a la víctima o a las víctimas de desaparición forzada.

El que México acepte la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para casos individuales es muy importante, y es un logro de los familiares de los colectivos y de las organizaciones de víctimas, que durante años han existido esta declaración.

Sin embargo, es necesario señalar que este acto es sólo un paso para erradicar la desaparición forzada en nuestro país y lograr la localización de víctimas que la han sufrido, ya que son los familiares, quienes en muchos de los casos se han dedicado, con sus propios medios y con sus propias manos a la búsqueda de los desaparecidos.

Son ellos con palas y picos, quienes han ido descubriendo decenas de cementerios clandestinos, y son ellos con quien el Estado mexicano se encuentra en deuda.

Es de reconocer la prontitud con la que ha actuado este Senado de la República, ya que aprobar de manera prácticamente inmediata la presente Declaración permite finalizar el alargamiento que tuvo durante años el procedimiento de aceptación de competencia y por el cual resultaron afectadas muchas víctimas.

El que haya una nueva instancia internacional a la que puedan acudir las víctimas de desaparición forzada es, sin duda, algo muy bueno para México.

Por lo anterior, debemos fortalecer las instancias locales en la materia, tales como la Comisión Nacional de Búsqueda y sus homólogas en las entidades federativas, las fiscalías especializadas que investigan el delito de desaparición forzada y los centros de identificación forense.

Presidente.

Compañeras y compañeros:

Como Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, agradeceré su voto a favor de la presente Declaración.

Por México, por los derechos humanos, por los organismos internacionales, pero, sobre todo, por las víctimas de este país, muchísimas gracias.

ooOoo

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