viernes, abril 26, 2024

Propone senadora Guadalupe Murguía modificar fuero penal y juicio político

  • El propósito es proteger la investidura de los funcionarios públicos y representantes populares de falsas denuncias, difamaciones o calumnias

La senadora Guadalupe Murguía Gutiérrez propuso una reforma constitucional para modificar el fuero penal y el juicio político, a fin de que el presidente de la República, al igual que los demás servidores públicos señalados en el artículo 11 de la Carta Magna, pueda estar sujeto a un proceso penal y llevarlo en libertad, sin separarse del cargo, hasta que exista una sentencia condenatoria.

El propósito de la iniciativa, indicó en tribuna, es proteger la investidura de la función pública o de los representantes populares, de falsas denuncias, difamaciones o calumnias, sin poder ser privados de la libertad o ser separados del cargo, hasta que exista sentencia firme.

“Lo que estamos proponiendo es desaparecer el juicio de procedencia, es decir, omitir la necesidad de que el Congreso delibere y vote la eliminación del fuero para que una autoridad competente pueda proceder penalmente en contra de los servidores públicos señalados en la Constitución, añadiendo al presidente de la República”, apuntó.

Con este motivo, expuso la necesidad de reformar los artículos 110, 111 y 112 de la Constitución con la finalidad de modificar el fuero penal y el juicio político, toda vez que en las normas vigentes el presidente de la República no es sujeto a juicio político.

Para ello, añadió, se requiere adecuar el artículo 110, a fin de que el titular del Ejecutivo federal sea políticamente responsable por las causales establecidas en el artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

En dicho ordenamiento se prevé que serán sujetos a juicio los funcionarios públicos que ataquen a las instituciones democráticas, a la forma de gobierno republicano, representativo, federal; por violaciones a los derechos humanos, usurpación de atribuciones y ataque a la libertad de sufragio.

De igual manera, a quien cometa cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios a la Federación, a uno o varios estados o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones, así como por violaciones sistemáticas o graves a los planes, programas y presupuestos de la Administración Pública Federal.

La senadora panista por Querétaro, Guadalupe Murguía, precisó que esta propuesta de reforma no está relacionada con la inmunidad parlamentaria estipulada en el artículo 61 de la Constitución, que establece que son inviolables las opiniones que manifiesten los legisladores en el desempeño de su encargo.

“Este supuesto no forma parte de esta iniciativa”, aclaró en tribuna.

Resaltó que en diciembre de 2018 el Ejecutivo federal presentó una iniciativa que reformaba los artículos 108 y 111 de la Constitución para aumentar las causales por las que el presidente de la República podría ser acusado penalmente, lo que se difundió como la eliminación del fuero.

Sin embargo, sostuvo que en realidad esta propuesta no eliminaba el fuero, sino que sólo aumentaba las causales de procedencia prevista en el artículo 111 constitucional, de traición a la patria y delitos graves del orden común, añadiendo hechos de corrupción, delitos electorales o ilícitos penales.

Al respecto, mencionó que esa iniciativa, aprobada en el Senado en marzo de 2019, no logró los consensos necesarios en la Cámara de Diputados, por lo que se desechó en diciembre pasado.

La senadora Guadalupe Murguía resaltó que en reiteradas ocasiones el titular del Ejecutivo federal ha manifestado su compromiso con el combate a la corrupción y se ha comprometido a renunciar a condiciones de privilegio y excepción de las que anteriormente gozaba el presidente de la República, por lo que instó a los senadores del partido gobernante a aprobar esta reforma constitucional.

La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos Segunda, para su análisis y dictamen correspondiente.

ooOoo 

Comunicado de la oficina de la senadora Guadalupe Murguía Gutiérrez

Intervención en tribuna de la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 110, 111 y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

 

 

Versión de la intervención en tribuna de la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 110, 111 y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Con su venia, señora presidenta.

Compañeras senadoras y compañeros senadores.

En diciembre de 2018, el Ejecutivo federal presentó una iniciativa para reformar los artículos 108 y 111 de la Constitución Política, a fin de aumentar las causales por las que el presidente de la República podía ser acusado penalmente, esto se difundió en los medios como la eliminación del fuero, esta propuesta en realidad no eliminaba el fuero, sólo aumentaba las causales de procedencia previstas en el artículo 111, es decir, que el presidente no sólo podía ser juzgado por delitos graves del orden común y traición a la Patria, sino también por hechos de corrupción, delitos electorales o ilícitos penales.

Esta iniciativa fue aprobada por el Senado en marzo de 2019, sin embargo, no logró los consensos de la colegisladora y fue desechada en Cámara de Diputados en diciembre del año pasado.

En virtud de lo anterior, hoy presento iniciativa para reformar los artículos 110, 111 y 112 de la Constitución en los temas de fuero en materia penal y de juicio político.

Proponemos reformar los artículos 111 y 112 para que el presidente de la República, los diputados, senadores, ministros de la Suprema Corte y los demás servidores públicos que ya están señalados en el 111 queden sujetos a proceso penal, en caso de que así se presente y que puedan llevar este proceso en libertad sin ser separados del cargo hasta en tanto cuanto no exista sentencia firme que resulte condenatoria.

Lo anterior lo que busca es proteger a la función pública de falsas denuncias, difamaciones y calumnias sin que el servidor público, el representante popular, tenga que ser privado de su libertad o separado del cargo, sino hasta que exista sentencia firme.

En consecuencia, lo que en realidad estamos proponiendo es desaparecer el juicio de procedencia, es decir, omitir la necesidad de que el Congreso delibere y vote la eliminación del fuero para que una autoridad competente pueda proceder penalmente contra los servidores públicos ya señalados en la Constitución, añadiendo al presidente de la República.

Finalmente, es importante hacer notar que el presidente de la República en la Constitución actual no es sujeto a juicio político, por lo que consideramos necesario reformar el artículo 110 para que el Ejecutivo federal sea políticamente responsable de las causales señaladas en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos.

Cabe precisar que esta propuesta parlamentaria no versa sobre la inmunidad parlamentaria a que se refiere el artículo 61, que, como ustedes se conocen, señala que son inviolables las opiniones que manifiesten los legisladores en el desempeño de su encargo, este supuesto no forma parte de esta iniciativa.

En reiteradas ocasiones, el Ejecutivo federal ha manifestado su compromiso con el combate a la corrupción y se ha comprometido en renunciar a condiciones de privilegio y de excepción de la que anteriormente gozaban los presidentes de la República; por ello, esperamos que en esta ocasión esta iniciativa cuente con la valoración positiva del Pleno.

Muchas gracias.

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