viernes, abril 26, 2024

Senadora Martha Márquez Alvarado exhorta a titulares de SHCP y Segob informen sobre adjudicación de 671 pipas

Intervención de la senadora Martha Cecilia Márquez Alvarado, al presentar un punto de acuerdo que exhorta a Raquel Buenrostro Sánchez, oficial mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a Olga Sánchez Cordero, secretaria de Gobernación, a que proporcionen la información solicitada respecto a la adjudicación de 671 pipas.

Ver punto de acuerdo

Con su permiso, Presidenta.

El pasado 4 de enero el país comenzó a vivir un desabasto de gasolina que trajo grandes pérdidas económicas, sobre todo en el sector empresarial, lo anterior debido al anuncio que realizó al Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, en fecha 27 de diciembre de 2018.

Las primeras entidades afectas fueron Hidalgo, Estado de México, Jalisco, Michoacán, Guanajuato y Querétaro, extendiéndose posteriormente la afectación hasta Tamaulipas, Aguascalientes, Puebla y Ciudad de México, todo ello a consecuencia del plan contra el robo de hidrocarburos que consistió en el cierre de ductos y un cambio en la forma de distribución de la gasolina.

El 24 de enero, el Presidente de la República anunció, a través de la Oficial Mayor, Raquel Buenrostro, que realizó la compra de 671 pipas por un costo de 92 millones de dólares en una adjudicación directa.

Ahora bien, la norma general que regula todas las compras que el gobierno federal realiza es la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, esta ley contempla tres opciones enunciadas en su artículo 26, mismas que por regla general deben hacerse prioritariamente mediante una licitación pública y en excepción de condiciones específicas y justificadas, por invitación a cuando menos tres personas y, en efecto de los anteriores, por adjudicación directa.

Por lo que al haberse realizado una adjudicación directa de las pipas sólo se puede justificar por alguna de las fracciones de su artículo 41.

Tomando en cuenta las declaraciones hechas por la Oficial Raquel Buenrostro, el 24 de enero del presente, en la audiencia matutina del Presidente de la República, la decisión por adjudicación directa en el caso de compra de pipas se da por caso de fuerza mayor, que al respecto la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo define como sucesos de la naturaleza o de hechos del hombre que siendo extraños al obligado lo afectan en su esfera jurídica impidiéndole temporal o definitivamente el cumplimiento parcial o total de una obligación sin que tales hechos les sean imputables directa o indirectamente por culpa y cuya afectación no pueda evitar con los instrumentos de que normalmente se disponga en el medio social en el que se desenvuelve.

Por lo anterior, es evidente que no es posible alegar un caso fortuito o una fuerza mayor toda vez que el propio Ejecutivo Federal pudo haber prevenido el desabasto en el país a través de una estrategia concreta, con una metodología clara, previa al cierre de los ductos y en la forma de distribución de la gasolina.

Lo anterior pone en evidencia que fue el propio gobierno federal el que a causa del plan contra el robo de combustible y a la falta de previsión de la estrategia de abasto ocasionó daño económico y la emergencia que se alega, lo que excluye como justificación de sus acciones de adjudicación directa, de caso fortuito o fuerza mayor, ya que tales hechos le son imputables directa o indirectamente por culpa, por lo que pudo evitar con los instrumentos que normalmente dispone para evitar el acontecimiento, oponerse a él, resistirlo y evitar, así, la transgresión a la ley.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración del Pleno de este Senado de la República el siguiente punto de:

Acuerdo.

Primero.- El Senado de la República exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo Federal, así como al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a fin de que proporcione a esta soberanía copia del informe relativo a los contratos formalizados durante el mes de enero pasado, con copia adjunta del escrito firmado por el titular del área que realizó la adjudicación directa de 671 pipas por un costo de 92 millones de dólares, así como el dictamen en el que se hace constar el análisis de las proposiciones y las razones de la adjudicación, mismo que debió presentarse ante el órgano interno de control de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los términos previstos en el artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a fin de conocer los fundamentos, motivos y criterios que justificaron dicha adquisición.

Segundo.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la ciudadana Raquel Buenrostro Sánchez, en su carácter de Oficial Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informe a esta soberanía la razón por la que consideró el desabasto de gasolina en el país como una urgencia, tomando en cuenta que fue provocado el desabasto a consecuencia de las acciones del Poder Ejecutivo Federal al cerrar el suministro de ductos de Pemex, pudiendo haber previsto esta situación.

Tercero.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Gobierno Federal informe a esta soberanía la razón por la cual no se realizó la compra mediante licitación de 671 pipas por un costo aproximado de 92 millones de dólares antes de iniciar la estrategia en contra del robo de hidrocarburos.

Cuarta.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de la Función Pública para que examine la justificación de la adjudicación directa de 671 pipas, a fin de determinar e iniciar un procedimiento de responsabilidades administrativas a quienes resulten responsables de la inobservancia del artículo 54 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Es cuanto.

Muchas gracias.

 

 

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