domingo, mayo 5, 2024

Rafael Moreno Valle presenta tres iniciativas a favor de los trabajadores del poder legislativo federal

  • Este conjunto de iniciativas buscan prohibir la subcontratación de personal en el Poder Legislativo de la Federación y en toda la Administración Pública Federal vía outsourcing u honorarios, así como reconocer y garantizar los derechos laborales, la protección del salario y el acceso a la seguridad social de las trabajadoras y los trabajadores de ambas cámaras.

Con el objetivo de reconocer y garantizar los derechos y la estabilidad laborales, la protección del salario y el acceso a la seguridad social del personal que trabaja en el Poder Legislativo de la Federación, el Senador Rafael Moreno Valle, en conjunto con el Senador Mario Zamora  Gastelum, presentaron el día de hoy tres iniciativas con proyecto de decreto.

La primera de las iniciativas presentada al pleno por el Senador Moreno Valle, busca adicionar los artículos 56 BIS y 115 BIS, así como modificar la denominación de la Sección Cuarta del Título Tercero de la Ley Orgánica del Congreso General, con el objeto de que toda contratación de personal sea al amparo de la Ley Federal del Trabajo o la Ley federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. De esta forma se sientan las bases jurídicas para la contratación del personal de ambas cámaras que han sido contratados bajo el régimen de honorarios y se elimina la posibilidad de contratar personal a través de la figura de outsourcing.

La segunda plantea que se adicionen los numerales 3 y 4 al artículo 302 del reglamento del Senado de la República, para que el personal de apoyo legislativo y administrativo del Senado tengan una relación laboral con dicha institución en los términos de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores del Servicio del Estado y se prohíba la contratación de personal bajo el régimen de pago de honorarios o subcontrataciones en el Senado de la República.

Finalmente, la tercera iniciativa propone que se adicione un segundo párrafo al artículo 3º de la Ley federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en donde de manera específica se prohíba la subcontratación de personal o outsourcing en toda la Administración Pública Federal y ambas cámaras el Poder Legislativo de la federación.

 

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