sábado, mayo 18, 2024

Senadora Estrella Rojas Loreto para presentar diversos dictámenes de la Comisión de Salud

Intervención de la senadora Estrella Rojas Loreto, al presentar reservas a un dictamen que reforma el artículo 61 de la Ley General de Salud, en materia de tamiz neonatal.

 

 

13 de abril de 2023

Versión de la intervención de la senadora Estrella Rojas Loreto, al presentar reservas a un dictamen que reforma el artículo 61 de la Ley General de Salud, en materia de tamiz neonatal

Con su venia, Senador presidente.

Vengo a presentar reservas al artículo tercero transitorio del dictamen, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 61 de la Ley General de Salud, en materia de tamiz neonatal.

Debo empezar por decir que la iniciativa de la Senadora Lilia Margarita Valdez nos parece correcta, pertinente y atendible.

Votaremos a favor del dictamen que en el fondo es viable y estamos de acuerdo con ello, pues propone reconocer el carácter prioritario de la atención del niño o niña con enfermedades consideradas raras o inmunomediadas.

Para ello, propone contemplar que la atención materno-infantil tiene carácter prioritario y comprende la atención del niño y la vigilancia de su crecimiento, desarrollo integral, incluyendo aquellas enfermedades consideradas raras, y en su caso, la atención que incluya la aplicación de la prueba obligatoria del tamiz neonatal ampliado y su salud visual.

Como se refiere la Senadora Margarita Valdez, el tamiz neonatal debe de ser entendido como una política pública preventiva que requiere de coordinación financiera y logística para que en su aplicación sea eficaz y eficiente.

Todo esto es correcto y lo apoyamos, pero justamente las políticas públicas requieren recursos para implementarse.

Es bien sabido que política pública sin presupuestos es demagogia, los programas que no tienen presupuesto, muy probablemente estén condenados al fracaso.

En consecuencia, proponemos eliminar el artículo tercero transitorio que establece que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se realizarán con cargo al presupuesto aprobado para los ejecutores de gasto que correspondan, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos, para el presente ejercicio fiscal, ni subsecuentes, dicho en otras palabras, no les daremos un centavo a esta política pública.

Compañeros, no mal entendamos la austeridad, hay cosas en las que debemos gastar y la salud de nuestra niñez es una de ellas.

Por lo anterior, espero se apruebe mi reserva y le demos viabilidad a esta noble propuesta.

Es cuanto, presidenta.

–000–

Intervención en tribuna de la senadora Estrella Rojas Loreto para presentar diversos dictámenes de la Comisión de Salud.

 

13 de abril de 2023

Versión de la intervención de la senadora Estrella Rojas Loreto, al presentar reservas a un dictamen que reforma el artículo 61 de la Ley General de Salud, en materia de tamiz neonatal

Con su venia, Presidente.

Aprovecho el uso de la palabra para hacer de su conocimiento el trabajo de las Comisiones Unidas de Salud, presidida por la Senadora Margarita Valdez, y de Estudios Legislativos, presidida por el Senador Manuel Añorve.

En esta ocasión me refiero a tres proyectos de decreto.

El primero de ellos por el que se adiciona el artículo 31 Bis de la Ley General de Salud, y se reforma el artículo 73 de la Ley General de Educación, en materia de violencia contra la niñez.

La iniciativa tiene como finalidad que los establecimientos públicos y privados que presten servicios de salud y de educación lleven un registro y, en su caso, notifiquen al Ministerio Público, o a las autoridades competentes, de las y los menores de edad que presenten lesiones o signos de maltrato, violencia física, sexual o psicológica, derivados de violencia familiar, sexual y cualquier otro hecho ilícito que pueda afectar su desarrollo integral.

La Organización de las Naciones Unidas entiende el maltrato infantil como toda forma de violencia, perjuicio o abuso físico y mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, mientras que el niño se encuentra bajo custodia de sus padres, de un tutor o de cualquier otra persona que tengan a su cargo.

El maltrato puede ser ejecutado por omisión, supresión o transgresión de los derechos individuales y colectivos e incluye el abandono completo o parcial de la población conformada por las niñas, niños y jóvenes hasta los 18 años.

En México se identificó que durante la pandemia por Covid, la violencia contra las niñas, niños y adolescentes aumentó significativamente ya que se encontraron en mayor convivencia con sus personas agresoras. Destacando el hecho que durante este tiempo las y los menores no acudieron a las escuelas, lo que señala que en el país la principal modalidad de violencia contra las niñas y niños es familiar.

La violencia contra las niñas, niños y adolescentes ocurre en varios ámbitos: en el hogar, la escuela, su comunidad, las instituciones, el medio digital y, de manera transversal, por cuestiones de género, puesto que las niñas y las adolescentes son más propensas a sufrir violencia sexual y agresiones psicológicas en la mayoría de los entornos, y, por otro lado, los hombres suelen ser las principales víctimas de homicidio.

Las niñas sufren más agresiones psicológicas que los niños, mientras que los niños suelen ser disciplinados por castigos físicos u otras formas de disciplina severa.

El segundo dictamen tiene un proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones II, del artículo 61 de la Ley General de Salud en Tamiz Neonatal, el objetivo es la protección materno-infantil y la promoción de la salud materna que abarca del período que va del embarazo, el parto, postparto y el puerperio en razón de la condición de vulnerabilidad en que se encuentra la mujer y el producto.

El tamiz metabólico neonatal es una prueba obligatoria que se realiza desde 1998 a todos los recién nacidos en México, esta prueba se define con los exámenes de laboratorio practicados al recién nacido para detectar padecimientos de tipo congénito o metabólico para que puedan ser tratados oportunamente para prevenir daños irreversibles como retraso mental.

Es importante que el tamiz neonatal pueda ser entendido como una política pública preventiva que requiere de coordinación financiera y logística para que su aplicación sea eficaz y eficiente.

La tercera y última iniciativa es un proyecto de decreto por el que se declara el día 5 de septiembre de cada año como el “Día Nacional de la Lucha Contra el Mieloma Múltiple”.

Se considera que el mieloma múltiple es un tipo de cáncer en la médula ósea, que es compleja por afectar múltiples órganos al mismo tiempo.

México es el país con mayor número de casos registrados en América Latina, por lo cual es necesario contar con un “Día Nacional contra el Mieloma Múltiple”, a fin de aglutinar esfuerzos y generar consciencia sobre la importancia de la atención oportuna de esta enfermedad que afecta a miles de mexicanas y mexicanos.

Asimismo, es importante sensibilizar a la población y autoridades en salud sobre la necesidad de atención de este padecimiento.

En este orden de ideas, desde estas colegisladoras, estamos a favor de coadyuvar e incentivar una cultura preventiva alrededor del tema de la salud en todas sus formas y vertientes.

Por su atención, muchas gracias.

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