lunes, abril 29, 2024

Senadora Guadalupe Saldaña para referirse al dictamen en materia de la Ley Federal de Sanidad Animal

Intervención en tribuna de la senadora Guadalupe Saldaña Cisneros para referirse al dictamen de las Comisiones Unidas de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural; y de Estudios Legislativos, Segunda, el que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 169, 171, 172, 173, 174 y 175; y se adiciona el artículo 172 BIS de la Ley Federal de Sanidad Animal.

 

 

26 de abril de 2022 

Versión de la intervención de la senadora Guadalupe Saldaña Cisneros para referirse a un dictamen de las comisiones unidas de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, y de Estudios Legislativos Segunda, que reforma los artículos 169, 171, 172, 173, 174 y 175, y que adiciona el artículo 172 BIS de la Ley Federal de Sanidad Animal 

Muchas gracias, presidenta.

Compañeras y compañeros senadores:

El día de hoy, al establecer en la Ley Federal de Sanidad Animal un listado de sustancias prohibidas para uso en animales para consumo humano, estaremos aprobando una reforma de gran trascendencia por su impacto en la salud y la alimentación de las y los mexicanos.

Desde el punto de vista zoosanitario, como de la salud pública, esta reforma es indispensable para que el Estado mexicano cuente con todos los elementos para impedir la aplicación de determinadas sustancias en la producción animal y castigar a quienes utilizan dichas sustancias prohibidas que puedan afectar a la población animal y, en consecuencia, a las personas consumidoras de carnes en sus diferentes tipos: aviar, bovina, porcina, entre otras.

Este dictamen tiene su origen en la iniciativa de nuestra compañera Senadora Olga María Sánchez Cordero, abogada, ministra en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, integrante de la Segunda Sala, con competencia en asuntos penales.

Y lo digo porque es una especialista en temas de este tipo y en su iniciativa la Senadora Sánchez Cordero plantea la observancia y aplicación de los principios constitucionales, de reserva de ley y de seguridad jurídica en la integración de delitos en materia de sanidad animal.

El dictamen considera, entre otras aportaciones, establece en la Ley Federal de Sanidad Animal las sustancias prohibidas para uso o consumo de animales destinados al abasto o consumo humano, las cuales fueron ya establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, el Senasica, en el acuerdo por el que se da a conocer el listado de sustancias o productos prohibidos para uso o consumo en animales destinados al abasto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 2018.

Otra, tipifica como delito la utilización de dichas sustancias prohibidas, pues su mención en el acuerdo de Senasica no es suficiente por requerirse su elevación a nivel de ley, por el principio de reserva de ley en materia penal.

Otra, modifica la cuantificación de multas en salarios mínimos generales vigentes en la Ciudad de México y referirlas a unidades de medida y actualización, pues la Constitución desindexó los salarios mínimos y creó estas unidades económicas.

Y, por último, adecúa los delitos establecidos en la Ley Federal de Sanidad Animal de manera originaria, a efecto de que se vinculen con el listado de sustancias prohibidas y con la cuantificación de montos de multas en UMA.

Este dictamen cuenta con antecedentes en otros ordenamientos jurídicos, como la Ley General de Salud, en la que se establecen listados de sustancias, estupefacientes y psicotrópicas prohibidas, y su relación con los tipos penales constitutivos de delitos contra la salud.

Con esta reforma se garantiza la observancia y cumplimiento de los estándares constitucionales e internacionales de inocuidad y protección a la salud humana desde el inicio de la cadena alimentaria, a partir de la producción de cualquier tipo de ganado.

Esto representa un gran avance en materia de salud pública integral, puesto que responde a una necesidad imperiosa desde hace varios años y es armónica con el concepto de una sola salud, establecido por organismos internacionales de los que México es parte, como son: la Organización Internacional de Salud Animal y la Organización Mundial de la Salud.

Esta medida dará certidumbre al mercado internacional, de manera que los productos cárnicos mexicanos podrán generar confianza para que los compren las empresas e industrias de países con los que México tiene tratados y acuerdos internacionales comerciales, especialmente con el mercado norteamericano, que tiene exigencias específicas de salud pública y sanidad animal en el Tratado México-Estados Unidos y Canadá, el T-MEC.

Pero, sobre todo, es de gran ayuda para la salud de los mexicanos y mexicanas, porque va a promover el consumir estos productos libres de sustancias dañinas.

Por ello, mi voto y el de mi grupo va a ser a favor.

Es cuanto, presidenta.

Muchas gracias.

 

ooOoo 

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