miércoles, enero 21, 2026

Senadoras y Senadores del PAN, PRI, PRD y Grupo Plural presentan acción de inconstitucionalidad en contra del “decreto interpretativo” para difundir consulta de revocación de mandato

 

Senado de la República, 30 de marzo de 2022

El día de ayer, las y los Senadores del PAN, PRI, PRD y Grupo Plural presentaron una Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del Decreto de interpretación auténtica del concepto de “propaganda gubernamental”, dentro del procedimiento de la Revocación de Mandato, publicado el pasado 17 de marzo pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), así como de diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que buscaban que legisladores, gobernadores y demás servidores públicos, incluido el Presidente de la República, pudieran promover la Revocación de Mandato.

En su momento, las y los Senadores de la oposición advirtieron que este atropello contravenía la Carta Magna del país y que esta excepción, modificaba de manera sustancial y grave la equidad en este ejercicio electoral. El pasado 28 de marzo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inaplicable dicho Decreto de interpretación y señaló que este “no realiza una interpretación auténtica del concepto ´propaganda gubernamental´, sino que se establece una excepción a la prohibición de difusión de propaganda gubernamental durante el desarrollo de un proceso de revocación de mandato, lo cual, es violatorio de la prohibición prevista en la propia Constitución general”. En este sentido, la declaración del TEPJF asistió en la razón a las y los Senadores que consideraron que este Decreto era a todas luces improcedente.

Las y los integrantes de PAN, PRI, PRD y Grupo Plural en la Cámara Alta aseguraron que esperan que la Acción de Inconstitucionalidad presentada ante la SCJN sea considerada con la misma convicción y vocación democráticas y sea resuelta en la misma dirección que la resolución del TEPJF, lo anterior seguirá fortaleciendo el Estado de Derecho, el respeto a los principios de equidad en las contiendas electorales y el pleno respeto a los procesos y voluntad del Poder Legislativo.

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