miércoles, mayo 1, 2024

Presenta senador Damián Zepeda Vidales dos proyectos de decreto en materia de defensoría de oficio

Intervención en tribuna del senador Damián Zepeda Vidales, al presentar dos, proyectos de decreto: – Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan dos párrafos al artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

10 de septiembre de 2019

Versión de la intervención en tribuna del senador Damián Zepeda Vidales, al presentar dos, proyectos de decreto: –     Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan dos párrafos al artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Gracias, estimado Presidente en funciones.

Con el permiso de la Asamblea.

Voy a tocar, si no tienen inconveniente, dos iniciativas, las tengo registradas ambas, son temas muy técnicos. No de la relevancia por supuesto del tema presentado anteriormente que verdaderamente es un tema de vida o muerte, pero sí de mucha relevancia para el funcionamiento real del Estado mexicano y, particularmente, de la justicia en México.

Por un lado, estoy presentando una iniciativa que propone darle autonomía a la defensoría pública federal y a las defensorías públicas a nivel local.

Déjenme compartirles cuál es el tema y por qué lo planteo.

Hoy nuestra Constitución, el artículo 17, establece que deben de existir defensorías de oficio, defensorías públicas a cargo del Estado. Y el artículo 20, particularmente en materia penal, dice que: “toda persona tiene derecho a ser defendida en el juicio”. Y si no tiene quién lo defienda se le debe de asignar un defensor público.

¿Qué pasa? Que hoy esas defensorías de oficio no tienen la fortaleza adecuada para defender verdaderamente a la mayoría de los ciudadanos mexicanos que no tienen dinero para pagar un abogado de calidad y, sobre todo, lo que pasa es que se comete un error muy grave porque se mezcla la impartición de justicia con la defensa. A ver, déjenme explicar.

El artículo 20 dice, dentro del sistema penal acusatorio, que hay varios principios. Uno de ellos es la igualdad procesal de las partes y otro el de contradicción.

Este par de principios lo que garantiza es que la persona pueda a alguien acusar y a alguien defender con igualdad de circunstancia. Y un juez es el que decide quién tiene la razón.

Eso es lo que debería de pasar en el mundo ideal.

Bueno, pues quiero que sepan que hoy en día la defensoría de oficio a nivel federal depende del juez, depende del Poder Judicial, es una aberración. Si tú llegas a un juicio y está el Ministerio Público que acusa de un delito a una persona y está el otro que lo va a defender, un defensor público, cómo es posible que ese defensor su superior sea el juez, el Poder Judicial. Debería de tener cada quien autonomía y el juez ser imparcial y decidir, pues eso no pasa en México.

En algunos estados está colgado del Poder Ejecutivo, pero también es una aberración porque en México no existe la verdadera autonomía del Ministerio Público, entonces, el Poder Ejecutivo que tiene influencia sobre quién acusa, también tiene influencia sobre quien defiende.

Lo correcto es para cumplir con el principio de igualdad procesal de las partes y el principio de contradicción, que esté en la misma condición la defensoría de oficio que defiende a las personas que el Ministerio Público que es quien acusa. Además, le cargamos el nombramiento al Senado de la República por dos terceras partes: convocatoria pública, metodología de evaluación, concursos de oposición, y todo para que se haga correctamente.

Esa es la primera iniciativa.

La segunda iniciativa tiene que ver con algo que vamos a decidir aquí en el Senado de la República, en unos cuantos días, que es el Consejo de la Judicatura Federal.

A diferencia del Poder Ejecutivo que dice la Constitución en su artículo 80, que: “el Poder Ejecutivo se deposita en una sola persona”. Y el Poder Legislativo, en su artículo 50, que: “se deposita en un Congreso con dos Cámaras”, el Poder Judicial no se deposita en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se deposita en la Suprema Corte, más el Tribunal Electoral, más los tribunales colegiados, más los tribunales unitarios y los juzgados de Distrito. Esa es la composición.

Y el Consejo de la Judicatura se encarga de la administración, vigilancia y disciplina de todo, con excepción de la Corte y el Tribunal Electoral.

Ese mismo Consejo, fíjense nada más la importancia, designa, determina adscripción, ratifica o revoca los nombramientos de magistrados y jueces. Y resulta ser que en ese Consejo hay una clara invasión a la autonomía del Poder Judicial.

El Poder Ejecutivo, que nada tiene que ver con el Poder Judicial, nombra directamente a uno de los integrantes del Consejo, son siete.

Y el Poder Legislativo nombra a otros dos y los otros cuatro los nombra el Poder Judicial.

Bien, la iniciativa que yo propongo es quitar al Poder Ejecutivo, no tiene nada que hacer y dejar esos tres en el Poder Legislativo. Sé que es debatible, pero el Poder Legislativo es el representante de los ciudadanos y sirve como contrapeso en el nombramiento, porque la Corte no es el superior jerárquico, está depositado en todos y cada uno de ellos, y este órgano debe de ser integrado de manera independiente. Además, le estamos poniendo reglas para el nombramiento.

No sé si sepan, pero hoy se nombran por mayoría simple, no hay ni una regla.

Vamos a sacar una convocatoria afortunadamente, pero en ningún lado dice que tiene que haber ni exámenes de oposición ni metodología de evaluación. Es increíble que se determine así a un órgano tan relevante como el Consejo de la Judicatura Federal.

Por eso propongo en esta iniciativa cuatro cambios.

Primero. – Que se cambie la metodología de una metodología discrecional a una metodología clara, concursos de oposición, convocatoria pública, evaluación y nombramiento.

Segundo. – Que se nombre por dos terceras partes del Senado.

Tercero. – Que se saque al Ejecutivo del Poder Judicial.

Cuarto. – Que haya una prohibición expresa de nombramientos a personas que tengan militancia partidista o hayan ocupado cargos directivos, nada tiene que hacer la política metida en el Poder Judicial.

Les tengo una posible mala noticia, en unos días de hacerse mal el nombramiento, el Poder Ejecutivo va a dominar al Poder Judicial,  porque va a poder nombrar al encargado del Poder Ejecutivo en el Consejo de la Judicatura y si este Senado comete el error que se cometió en Pemex o en CFE  y se nombra a incondicionales, va a tener tres asientos el Poder Ejecutivo ya en el Consejo de la Judicatura, y si es verdad que ya tiene otro voto, se acabó, tiene mayoría para nombrar jueces y magistrados  en todo el país.

Eso compañeros, no lo podemos permitir, por el bien del país, no es algo en contra del Presidente López Obrador, es algo de hacer correcto para que nunca otro poder esté por encima, en este caso del Poder Judicial.

Pues muchas gracias por la atención, y son esas las dos iniciativas que estoy presentando.

Gracias.

ooOoo

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