Intervención de la senadora Martha Cecilia Márquez Alvarado, al fundamentar un dictamen de las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos, por el que se adiciona una nueva fracción II Bis al artículo 61 de la Ley General de Salud.
Gracias, Presidente.
El derecho a la protección de la salud está consagrado como un derecho fundamental humano de todas las personas en el artículo 4 constitucional, que en su párrafo cuarto garantiza el acceso a los servicios de salud y otras acciones públicas asociadas.
También la Convención sobre los Derechos del Niño, reconoce en los niños el derecho intrínseco a la vida e invita a los Estados parte a garantizar en la máxima medida posible su supervivencia y desarrollo. México ratificó este Convenio desde 1990.
Por lo tanto, velar por su vida y los cuidados que como niños requieren nos vuelve actores responsables y también propositivos cuando de su vida y de su salud se trata.
En la Comisión de Salud aprobamos por unanimidad la iniciativa de la Senadora María Guadalupe Saldaña, a quien aprovecho para saludar y felicitar, Lupita, muchas felicidades, como madre mexicana, como Senadora, creo que nos debe de enorgullecer que hoy se da un gran paso para mejorar la salud, en especial de los recién nacidos. Felicidades por eso, Senadora.
El tamiz se ha convertido ya en la práctica médica preventiva por excelencia y representa uno de los diez logros más valiosos en cuanto a la salud pública se requiere, es una de las pruebas obligatorias que se practica a los recién nacidos en nuestro país y en el mundo.
Las cardiopatías congénitas, compañeros Senadores, ocurren el 1 % en los nacidos vivos y el 25 % de ellos requieren cateterismo, tratamiento quirúrgico o ambos antes del año de edad. Por lo que su aparición se considera con mal pronóstico, razón por la cual los niños que no son detectados a tiempo pueden llegar a fallecer.
La tasa de mortalidad infantil en México ha descendido, pero continúa siendo algo elevada comparada con algunos países latinoamericanos de menores tasas. Se estima que de cada mil infantes doce fallecen antes de cumplir el año de vida, un muy elevado porcentaje de estas y estos infantes fallecen antes de cumplir los 28 días de vida.
Si bien las causas de mortalidad infantil son varias, las cardiopatías congénitas representan más del 25 % de la mortalidad neonatal. Detectarlas a tiempo es precisamente el objetivo de hacer esta modificación a la Ley General de Salud.
Con la aprobación de todos, el día de hoy, la realización de este procedimiento se vuelve obligatoria antes de efectuar el alta hospitalaria.
Avanzamos en el proceso legislativo exhortando a la Cámara de Diputados a continuar con la aprobación y posteriormente a la Secretaría de Salud para emitir en tiempo y forma tal y como le sugiere el segundo transitorio de este dictamen para emitir la Norma Oficial Mexicana relativa al tamiz neonatal para la detección de cardiopatías congénitas graves o críticas.
Los niños, la vida de los niños, su salud y pleno desarrollo dependen en buena medida del acompañamiento de sus padres y de su familia, sin dejar de hacer lo propio en cuanto a las tareas legislativas se requiere.
Gracias a todos por la aprobación de este dictamen.