Conferencia de prensa ofrecida por la senadora panista Kenia López Rabadán, durante la sesión ordinaria.
SENADORA KENIA LÓPEZ RABADÁN (KLR): Buenos días. Les queremos informar que en esta sesión del día de hoy diversas senadoras del Grupo Parlamentario del PAN hemos firmado y presentaré a nombre de ellas una iniciativa de ley para adicionar el artículo 41 de nuestra Constitución Política, para que sean anuladas las elecciones cuando se acredite violencia política en razón de género.
En el Partido Acción Nacional estamos claros que es necesario establecer la violencia política de género como causa de nulidad de elección y como delito.
En el pasado proceso electoral existieron diversos casos de violencia dirigida a una mujer por el simple hecho de ser mujer; los casos de las candidatas por el frente Martha Érika Alonso, hoy gobernadora electa por el estado de Puebla y Beatriz Mojica, candidata al Senado en el estado de Guerrero, entre muchas otras, son el ejemplo más claro de la necesidad de esta iniciativa que presentamos.
En el PAN, así como lo marca la ley, las autoridades electorales están obligadas a evitar la afectación de los derechos político-electorales de las mujeres y si es necesario delinear acciones para que los hechos no queden impunes, así como reparar el daño de las víctimas, y tenemos claro en el partido que eso es necesario, tal y como se consigna en los casos de la jurisprudencia en materia electoral.
La jurisprudencia que ya ha sido aprobada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tiene establecidos cinco elementos necesarios para que se configure la violencia política en razón de género.
Primero, sucede en el ejercicio de los derechos político- electorales o de un cargo público; segundo, puede ser perpetrado por cualquier persona y es simbólico, verbal, patrimonial, económico, físico sexual y/o psicológico; tercero, tiene objetivo menoscabar los derechos político- electorales de las mujeres; y por último, se dirige a una persona por ser mujer. Tiene un impacto diferenciado entre las mujeres y les afecta desproporcionadamente.
En agosto pasado la sala superior en sesión pública aprobó por unanimidad de votos la jurisprudencia, y en este sentido y las expresiones que se den en el contexto de un debate político en el marco de un proceso y que reúna los cuatro elementos citados, constituyen violencia política contra las mujeres por razones de género.
Existen avances en este tema y en nuestra democracia se ha perfeccionado con el derecho a las mujeres, pero hace 65 años el sufragio femenino era apenas una lucha, sin embargo las resistencias en el reconocimiento de la igualdad de participación política para los cargos de representación pública hoy todavía tienen una brecha larga.
Aunque la legislación no contempla la violencia política en razón de género como una causa de nulidad, debemos reconocer que en las pasadas elecciones el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación manifestó su compromiso de emitir sentencias que declaraban nulas diversas elecciones.
Por ello, en el PAN consideramos que es responsabilidad de las autoridades electorales realizar un análisis de todos los hechos y agravios en contra las mujeres y delinear las acciones para no dejar impunes los hechos y reparar el daño a las víctimas.
Para cerrar la pinza es que en Acción Nacional hemos propuesto establecer la violencia política de género como causa de nulidad de una elección y que se suprima, por supuesto, la posibilidad de que un violentador sea candidato y/o en su caso, un servidor público.
Asimismo, también hemos propuesto tipificar la violencia política de género como una conducta delictiva.
En el PAN estamos seguros que con esta herramienta propuesta, las autoridades podrán atender y sancionar la violencia política de género hacia las precandidatas y candidatas que participen en comicios electorales.
Les informamos que hoy vamos a presentar en unos momentos más esta iniciativa.
Muchas gracias.
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