jueves, abril 25, 2024

Senadora Josefina Vázquez Mota, para presentar reservas al proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos

Versión de la intervención de la senadora Josefina Vázquez Mota, para presentar reservas  al proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos

 

 

 

Muchas gracias, Presidenta.

Muy buenas tardes senadoras, senadores.

Acudo a esta tribuna para exponer y someter a su consideración una reserva muy sencilla, pero que considero de gran relevancia al artículo 53 del dictamen por el que se reforma la Ley de Hidrocarburos, pero que tiene una gran profundidad por las implicaciones que representa.

Conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo de este artículo corresponde a la Secretaría de Economía, o bien a la Comisión Reguladora de Energía resolver sobre la solicitud de cesión, de un permiso dentro de un plazo de 90 días naturales, y en caso de que no se emita una resolución dentro de este plazo, en la norma todavía vigente, opera la afirmativa ficta.

Es decir, si las autoridades competentes no resuelven en el tiempo debemos entender que la respuesta es en sentido positivo, pero que, sin duda, genera desconfianza a los inversionistas, ya que, si la resolución se da en sentido negativo, las autoridades deberán de sustentarla exponiendo las razones para ello.

Sin embargo, ahora se pretende sustituir este principio por la negativa ficta, con la cual la Secretaría de Economía o la Comisión Reguladora de Energía podrían tan sólo dejar que transcurran los 90 días sin necesidad siquiera de justificar su decisión para negar la cesión de un permiso, lo que además considero de constituir una omisión grave e incluso, quizás, la indolencia en el cumplimiento de las obligaciones colocaría a los peticionarios de una clara situación de desventaja y, como lo señala la Cofece, afectaría la libre competencia y concurrencia en los mercados, podría retrasar, sin duda, afectar las decisiones de inversión y todas las consecuencias que ello representa.

Francamente no encuentro una razón de peso para favorecer el denominado silencio administrativo, implicaría incluso un retroceso, iría en contra de derecho de petición consagrado ya en el artículo 8 constitucional.

Por estas razones propongo que se conserve el esquema de la norma vigente y se modifique este dictamen en los términos que he venido señalando.

Presidenta, en este espacio, que sé muy bien que es para las reservas referentes a la Ley de Hidrocarburos, no puedo dejar de hacer un llamado a la corresponsabilidad de todas las Senadoras, de todos los Senadores frente a cualquier caso de violencia, y más tratándose de algún crimen o delito grave que atente contra el interés superior y los derechos de las niñas y los niños.

En cualquier caso, debe de investigarse, y si la investigación apegada a la legalidad y llevada por las instituciones correspondientes determina que hay culpabilidad deba aplicarse toda la fuerza y el peso de la ley particularmente tratándose de quienes nos hemos comprometido a salvaguardar, a proteger, a hacer cumplir la Constitución.

Terminaría, presidenta, diciendo que las niñas y los niños no tienen partido; las niñas y los niños tienen derechos y un interés superior que todas nosotras y nosotros por encima de cualquier otro interés o circunstancia debemos defender y proteger.

En esto no valen fueros, ni ningún otro interés, que no sea desde la niñez.

Hago este llamado y pido a las autoridades que en cualquier caso o circunstancia se resuelva a favor del interés superior de la niñez.

Es cuanto, presidenta.

Agradezco mucho el espacio para esta petición y este posicionamiento en concreto, y también para pedir el acompañamiento en esta reserva.

Es cuanto, muchas gracias.

 

ooOoo

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