viernes, marzo 29, 2024

Senadora Audelia Villarreal Zavala, en la discusión de un dictamen sobre la Ley General de Vida Silvestre

Intervención de la senadora Audelia Villarreal Zavala, al participar en la discusión de un dictamen de las comisiones unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, y de Estudios Legislativos Segunda, por el que se adiciona un último párrafo al artículo 63 de la Ley General de Vida Silvestre.

 

 

23 de marzo de 2021

Versión de la intervención de la senadora Audelia Villarreal Zavala, al participar en la discusión de un dictamen de las comisiones unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, y de Estudios Legislativos Segunda, por el que se adiciona un último párrafo al artículo 63 de la Ley General de Vida Silvestre

Muchas gracias.

Con su venia, presidente.

Compañeras y compañeros legisladores:

La participación social es un…

El Presidente Senador Jorge Carlos Ramírez Marín: Permítame un segundo, Senadora.

Por favor, señores Senadores, si pueden apagar sus micrófonos.

Gracias.

La Senadora Audelia Esthela Villarreal Zavala: La participación social es un derecho humano que el Congreso de la Unión está obligado a promover, fomentar, garantizar y proteger.

De acuerdo con la Constitución Política Mexicana y los tratados internacionales de los que México es parte, como el Acuerdo de Escazú, el T-MEC y el Acuerdo Paralelo de Cooperación Ambiental, aprobados por esta soberanía.

Hoy más que nunca, la ciudadanía debe tener en sus manos los medios para exigir su participación en los procesos de emisión de actos de autoridad que puedan lesionar sus derechos más elementales.

Por esa razón, el dictamen que hoy se pone a consideración de esta Asamblea es de gran importancia.

Actualmente, los expedientes administrativos que se integran para la creación de un hábitat crítico para la conservación de la vida silvestre rescinden de la participación de las personas que resulten o puedan resultar afectadas. No es, sino hasta después de expedido el acuerdo que la autoridad toma en cuenta la participación social en la emisión de los planes de manejo.

No obstante, su fin proteccionista y de conservación para el desarrollo sustentable nacional como actos de autoridad afectan o pueden afectar el derecho de terceros, de realizar o seguir efectuando actividades productivas lícitas, razón por la cual estas personas deben ser informadas, deben poder opinar, ser consideradas seriamente por la Semarnat de manera previa a la expedición del acuerdo secretarial correspondiente.

A través de esta reforma se garantizará que tratándose la creación de hábitats críticos para la conservación de vida silvestre y como parte del proceso actual de participación social regulado en la Ley General de Vida Silvestre, la Semarnat elabora los estudios justificativos correspondientes, los cuales deberán contener información general, diagnóstico, descripción de las características físicas del área, justificación y aspectos socioeconómicos pudiendo solicitar la opinión de las dependencias de la Administración Pública Federal competentes.

Si bien esto representa un avance, existen otros aspectos aún pendientes como explicitar en la ley la participación pública de grupos interesados y posiblemente afectados por la creación de un hábitat crítico que consideramos importante que se incluyan, seguiremos trabajando en este sentido.

Hoy diversos tratados internacionales, como los mencionados al inicio, nos brindas la oportunidad de mejorar los esquemas actuales de participación pública previstos en las diferentes leyes ambientales.

El propio Acuerdo de Escazú, en su artículo 7.3, establece que la participación pública debe abarcar procesos de toma de decisiones, revisiones o actualizaciones relativos a asuntos ambientales de interés público, tales como el ordenamiento de territorio y la elaboración de políticas, estrategias, planes, programas, normas y reglamentos que tengan o puedan tener un significativo impacto sobre el medio ambiente.

Tenemos que seguir trabajando en favor del mejoramiento de estos procesos de consulta con el propósito de alinearlos a los estándares de participación pública previstos en tratados sobre derecho humanos de los que México es parte.

Por estas razones, mi voto y el de mi grupo parlamentario, será a favor de la aprobación del presente dictamen.

Es cuanto, presidente.

–ooOoo–

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