sábado, abril 20, 2024

Senadora Guadalupe Murguía Gutiérrez para presentar reservas al dictamen de Ley de Amnistía

Intervención de la senadora Guadalupe Murguía Gutiérrez, al presentar reservas a un dictamen de las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda sobre la Ley de Amnistía.

 

 

Con su venia, Presidenta.

Presento a consideración de esta Asamblea seis reservas a esta minuta con proyecto de decreto por el que expide la Ley de Amnistía.

Por lo que se refiere al artículo 1º, fracción V, señalar simplemente el que se refiere a la posibilidad de perdonar el delito de robo simple y sin violencia en tratándose del fuero federal.

Luego entonces, los robos que serían objeto de esta amnistía serían los efectuados en contra del patrimonio de la Federación, como puede ser el robo de energía eléctrica, robo de ductos, tubería de cobre, etcétera.

Y pedimos que se elimine, porque no vemos la razón para otorgar la amnistía en el caso de robo de energía eléctrica, de tuberías. Simple y sencillamente estamos viviendo una pandemia muy grave y no ha habido ninguna reconsideración para las personas, para las familias en cuanto al pago de energía eléctrica y ahora se le está dando amnistía a quien se roba energía eléctrica.

Respecto a la modificación del artículo 5º, consideramos que antes de velar por los derechos de las personas imputadas, es indispensable garantizar los derechos de las víctimas de estos delitos.

La amnistía puede otorgarse dejando a salvo los derechos de responsabilidad civil, es decir, puede ser liberada aun cuando todavía no se haya reparado el daño a la víctima. Y esto no puede aceptarse, es necesario asegurarse que quien cometió el hecho ilícito ha cubierto y reparado el daño a las víctimas.

En cuanto al artículo 7º, consideramos que toda vez que esta Ley de Amnistía supone que sólo es aplicable para quienes no hayan cometido el delito en reincidencia, es importante aclarar que si en el futuro las personas hoy beneficiadas con la amnistía reinciden en el ilícito, no deban ser consideradas como primo delincuentes; es decir, no perdón, no olvido, sino que, en caso de reincidir la comisión anterior del delito, en la siguiente ocasión ya sea considerado obviamente como lo es en reincidente.

Se propone modificar el segundo párrafo del artículo 8º del dictamen, en donde se otorga la liberación anticipada, pero esto puede implicar que personas inocentes como víctimas, testigos, funcionarios de la procuración de justicia o de impartición de justicia, queden a expensas o puedan ser victimizados o revictimizados por los delincuentes que han sido liberados.

Por eso, proponemos que además de la obligación de velar por la reinserción social de las personas liberadas, la Secretaría de Gobernación también vele por los derechos y la seguridad de quienes son víctimas, como son testigos, funcionarios de la Procuraduría o de impartición de justicia.

Se propone adicionar un artículo sexto transitorio para impulsar de manera contundente, sí, el plan de reinserción social de los beneficiarios de la ley, pero también un programa de cuidado y protección a las víctimas, los testigos y los funcionarios relacionados con el proceso.

Se propone adicionar un artículo 7º que, ante los posibles contagios de Coronavirus a los que puedan estar sujetos las personas que hoy son beneficiarios de la amnistía, en tanto dura la cuarentena de esta emergencia sanitaria, las personas beneficiarias pasen a una instalación de carácter sanitario, de manera que se garantice su salud, que no son portadores de Coronavirus y también la de la población en general.

Señoras Senadoras y Senadores, más allá de la Ley de Amnistía, con la que podemos estar de acuerdo o no, lo que resulta lamentable es que por decisión de esta mayoría parlamentaria en el Senado este sea el único tema que se está discutiendo. El que no se pueda agregar a esta sesión, a la que fuimos convocados y a la que venimos de nuestros propios estados y lugares de residencia, y que el único tema sea la Ley de Amnistía.

No es aceptable que en estos momentos en que estamos viviendo una emergencia de salud, una emergencia sanitaria, una grave condición económica en nuestro país, la única prioridad para legislar sea liberar a las personas que han cometido delitos.

La prioridad nacional debe ser convocar a la unidad, pero para enfrentar la emergencia de salud, la emergencia sanitaria y la emergencia económica del país. La prioridad nacional debe ser un plan de apoyo económico emergente que proteja el empleo de los trabajadores y el ingreso de las familias.

No a la cerrazón y a la imposición.

Es cuanto.

ooOoo

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