viernes, abril 19, 2024

Senador Erandi Bermúdez Méndez, para presentar reservas a un dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales

Intervención en tribuna del senador Erandi Bermúdez Méndez, para presentar reservas a un dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos, Segunda, el que contiene proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

 

Gracias, Presidenta.

Compañeras y compañeros Senadores:

Dos reservas voy a presentar el día de hoy al 4º constitucional.

Una de ellas es el tema de las personas adultos mayores, que me preocupa mucho que, en la Constitución, en nuestra Carta Magna ya los estemos segmentando o ya los estemos clasificando. Y, asimismo, se propone establecer que se garantice una pensión no contributiva en los términos que fija la ley, sin establecer parámetros específicos de edades, lo que podría ser un tema inconstitucional, hay que advertirlo, porque este puede tener un problema muy grave.

Es en la Ley Secundaria donde deben de establecerse estas características; esta reserva pretende resolver estos errores de técnica legislativa, ya lo había dicho en el posicionamiento de mi grupo parlamentario. Estamos a favor del 4º constitucional, de este 4º, advirtiendo todos los riesgos que se vienen para que esto pueda ser realidad, estos derechos, vamos a necesitar dinero y eso es lo que menos el día de hoy tenemos.

Y por su parte, es preocupante que de esta forma se vulneren los derechos humanos de todas las personas. Ya lo decía muy bien y lo ejemplificó muy Claudia Anaya en el tema de cómo se vulneran los derechos humanos de todas las personas con alguna discapacidad.

El Estado mexicano fue pionero en legislar sobre los derechos de las personas con discapacidad, es decir, introducimos nosotros a nuestra Constitución no solo la entrega de apoyo económico para personas con discapacidad permanente, y Claudia lo decía muy bien, ya tienen la discapacidad, no podemos segmentar o segregar si es permanente o es temporal, esto restringe de varias maneras los derechos de las personas con discapacidad en general.

La ley vigente en la materia reconoce tanto la discapacidad permanente, como la temporal, lo que reitera la necesidad de una reforma constitucional que permita a la Ley Secundaria ampliar y no limitar la protección y materialización efectiva de los derechos.

De la misma manera al establecerse que se dará prioridad a ellos, a los menores de 18 años, a los indígenas y a los afroamericanos hasta los 64 años, y a las personas que se encuentran en condición de pobreza plantea una restricción de derechos.

Esto contradice al principio constitucional de garantizar la igualdad real y el trato preferente para las personas con discapacidad, principios que vemos claramente consagrados en el primero, en el artículo primero de nuestra Constitución.

Por ello, en esta reserva buscamos establecer con claridad derechos de las personas con discapacidad.

Por lo anteriormente expuesto, Presidenta, propongo las siguientes modificaciones.

1.- Que en la modificación el texto vaya en todas las personas con discapacidad, gozarán de todos sus derechos sin ningún tipo de discriminación, el Estado asegurará su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad, equiparación de oportunidades y garantizará la entrega de un apoyo económico a las personas que tengan discapacidad en los términos que la ley fije.

Y la segunda es, todas las personas adultas mayores gozarán de todos sus derechos sin ningún tipo de discriminación. No decir a unos con 64, a otros con 68, a unos porque viven en una situación; al final tenemos que reconocer que todos están en este mismo sentido y el Estado asegurará su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad, desarrollo integral y garantizará una pensión no contributiva en los términos que la ley fije.

Es cuanto, senadora Presidenta.

Muchas gracias, compañeros senadores.

ooOoo

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