miércoles, abril 24, 2024

Senadora Minerva Hernández Ramos, al presentar el posicionamiento del GPPAN a un dictamen en materia de condonación de impuestos

Intervención de la senadora Minerva Hernández Ramos, al presentar el posicionamiento del GPPAN a un dictamen de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda, por el que se reforma el primer párrafo del artículo 28 de la Constitución.

 

 

Gracias, senadora presidenta.

Compañeros senadores, los constitucionalistas contemporáneos y quienes analizan el poder político, más allá de las nociones ideológicas o de las premisas éticas, coinciden en que obligar o prohibir son dos formas en que se manifiesta el poder; estos dos verbos, al ser normativizados, son la expresión más natural y propia de quien detenta el poder.

En el caso que nos ocupa, este Senado de la República deberá ser sumamente cuidadoso y cauteloso al aceptar la forma en que está redactado el dictamen que se somete a discusión, puesto que se está incorporando al texto constitucional una prohibición expresa, de carácter absoluto, permanente y común a los poderes federales y locales: que en los Estados Unidos Mexicanos queda prohibida la condonación de impuestos.

La teoría constitucional establece que cuando las prohibiciones aparecen en nuestra Carta Magna, la observancia de ellas tiene el carácter de ser imperativo en grado supremo; su interpretación debe atender a la existencia de un valor que debe ser salvaguardado de manera especial.

Si nosotros nos preguntáramos cuál es el valor que se está salvaguardando, es decir, cuál esa institución de valor especial que requiere especial protección, o cuál ese atentado o menoscabo que pudiera alterar la paz social y que, por tanto, requiere de una prohibición para evitarse, y para ello quisiéramos acudir al dictamen para resolver estos planteamientos, encontraremos que la única justificación es, y cito: “la importancia de permitir bajo el amparo de la ley, la práctica de otorgar de forma discrecional y periódica la condonación de contribuciones a deudores fiscales”, y rematan señalando: “es importante prohibir la condonación de impuestos para mantener las finanzas públicas sanas”.

Sin embargo, para mantener finanzas públicas sanas, senadoras, senadores, es más importante tener una gestión eficiente del gasto público, no destinarlo a programas clientelares, como está sucediendo actualmente; es más importante buscar mecanismos que puedan incorporar a la población al ciclo formal de la economía; es más importante incentivar el desarrollo a través de políticas económicas integrales; es más importante atender las señales de recesión económica y permitir el desarrollo comercial e industrial a través de apoyos directos e indirectos del gobierno a las Mipymes que son, con mucho, la columna vertebral de nuestra economía.

Eso es más importante que establecer una prohibición constitucional.

Lo que sucede, senadoras y senadores, es que esta reforma obedece a un interés político presidencial, a querer demostrar que se han cumplido con las promesas de la campaña.

Los senadores de Acción Nacional le decimos señor presidente que mejor cumpla con su promesa de no incrementar los impuestos y de bajar la gasolina; que mejor cumpla con el anhelo de todos nosotros de vivir en un México más seguro y donde los delincuentes que sean detenidos sean juzgados y que no sean liberados debido a estrategias mal ejecutadas.

Estamos llegado al grado de que, desde la Constitución, se prohíba lo que le place a quien detenta el poder, a quien ahora es el partido en el gobierno y que detenta una mayoría artificiosa en el Congreso de la Unión, esta práctica es característica de los autoritarios, para que posteriormente, ante cualquier controversia, la Suprema Corte pueda acudir al Diario de los debates y conocer cuáles fueron las circunstancias especiales, razones o causas concretas que este Constituyente tuvo en cuenta para modificar el texto constitucional.

Es importante señalar que la condonación es una figura jurídica que, doctrinalmente, ha sido reconocida como medio de extinción de la obligación tributaria.

Esto significa que las condonaciones que fueron efectuadas en el pasado, se hicieron dentro de un marco de legalidad y lo que existió fue un abuso del derecho, una actuación que se ajustó a la norma, pero cuyo ejercicio resultó contrario a los fines sociales y económicos para los que fue creada la condonación.

Corresponde, por tanto, a este Congreso de la Unión establecer las medidas, controles y contrapesos para que, en el ejercicio de un derecho legítimo, como la condonación de impuestos, no repitan los excesos señalados.

Sin embargo, como ha sido costumbre en este gobierno, en lugar de analizar a profundidad, en lugar de realizar un estudio profundo de cómo debe funcionar la condonación, en lugar de establecer en las leyes fiscales mecanismos que restrinjan facultades del poder político para establecer condonaciones y limitar el ejercicio que los particulares, que hagan de este derecho para que no cometan abusos, lo que estamos presenciando es, nuevamente, establecer de prisa y a las carreras una prohibición absoluta que borra de un plumazo siglos de doctrina tributaria y de práctica fiscal.

Me parece que pudimos hacerlo mejor y de una forma más adecuada; quedarán para el registro nuestros votos y las propuestas que presentamos oportunamente ante las comisiones dictaminadoras.

Quienes integramos el Grupo Parlamentario de Acción Nacional, expresamos nuestro reconocimiento a la sociedad civil organizada, cuyo ímpetu e incansable voluntad durante un litigio que duró cuatro años, los mexicanos podamos ahora conocer quiénes fueron beneficiados por las condonaciones y cancelaciones de adeudos fiscales durante el periodo de 2007 a 2015.

Hay que señalar que la directora ejecutiva de FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación, en entrevista en medios, reconoció que la condonación es una práctica común en todos los países, pero que en México la medida no resultaba efectiva dado que los programas de amnistías fiscales generaron tratamientos diferenciados de contribuyentes que redundaban en injusticia; sin embargo, en ningún momento consideró que lo óptimo era establecer una prohibición absoluta, tal como hoy se está haciendo.

Lo que se buscó es que no existiera más un abuso del derecho, que no hubiera condonaciones masivas a grandes contribuyentes que llevan a mayor concentración de poder político y económico, y cuyo beneficio no fuera obtenido por los contribuyentes cautivos. Y en esto es lo que Acción Nacional coincide plenamente.

Los senadores y senadoras de Acción Nacional consideramos que la construcción de un verdadero Estado democrático y social de derecho, requiere de eliminar privilegios injustificados para unos cuantos y no requiere de prohibiciones que, más que obedecer a razones, están motivadas por establecer una división entre los malos que condonaban y los buenos que ya no lo permitiremos.

A pesar de las inconsistencias señaladas, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional tiene la firme intención de que en México no vuelva a permitirse el abuso de una institución jurídica como la condonación fiscal, puesto que ese abuso pervirtió la utilidad que tiene esta medida en regularizar y mejorar la relación entre el fisco y el contribuyente.

Considerando, asimismo, que el abuso de la condonación fiscal benefició indebidamente a contribuyentes que debieron pagar conforme a su verdadera capacidad contributiva, es que los votos de las y los senadores de Acción Nacional acompañarán a favor este dictamen.

Es cuanto, senadora presidenta.

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