sábado, abril 20, 2024

Presenta senadora Guadalupe Murguía iniciativa para expedir el Código Nacional de Procedimientos Familiares

  • El ordenamiento permitirá acelerar solución de conflictos, unificar criterios judiciales y reducir costos de acceso a la justicia
  • Las familias mexicanas merecen contar con una legislación que asegure procedimientos ágiles, transparentes y homologados en todo el país

La senadora Guadalupe Murguía Gutiérrez presentó una iniciativa para expedir el Código Nacional de Procedimientos Familiares, mediante el cual se prevé solucionar de manera expedita los conflictos en esta materia, unificar los distintos criterios judiciales que prevalecen en los estados de la República y reducir los costos de acceso a la justicia.

El propósito, remarcó, es contar con procedimientos homologados en todo el país para dirimir divorcios y controversias de patria potestad o tutela, entre otros, toda vez que, debido a la diversidad de normas procesales en reglas, plazos, términos y criterios, y a la multiplicidad de ordenamientos, se generan obstáculos para una pronta resolución de los casos.

Al presentar en tribuna la iniciativa, la senadora Guadalupe Murguía indicó que con la finalidad de evitar que los conflictos se agudicen y prolonguen, en el Código Nacional de Procedimientos Familiares propuesto se establece que los tribunales facilitarán la celebración de acuerdos conciliatorios en cualquier etapa del procedimiento.

“El Código hace especial énfasis en la protección del interés superior de la niñez, a que están obligados todos los órganos jurisdiccionales, y procura evitar prácticas que causen a los menores estrés psicológico como consecuencia de declaraciones reiteradas, remembranza de hechos que puedan significarles dolor, interrogatorios reiterados, intimidantes e insidiosos y, por supuesto, demoras innecesarias”, explicó.

Resaltó que en este nuevo ordenamiento los menores tienen derecho de expresar sus opiniones sobre las decisiones que les afecten y también que sus puntos de vista sean tomados en consideración, según su edad, su madurez y su capacidad, y agregó que las familias mexicanas merecen contar con una legislación que asegure procedimientos ágiles y transparentes en esta materia.

Refirió que derivado de una adición a la fracción XXX al Artículo 73 de la Constitución, se otorgó al Congreso de la Unión la facultad de expedir la legislación única nacional en materia procesal civil y familiar, como resultado de distintos foros de consulta con juristas, académicos y representantes de sociedad civil para hacer más eficaz la justicia en México.

Guadalupe Murguía, vicepresidenta del Senado, sostuvo que la iniciativa es propuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Querétaro y es producto de la experiencia en la impartición de justicia y del diálogo permanente que el Poder Judicial de Querétaro ha tenido con expertos en el tema, instituciones gubernamentales, así como con asociaciones, colegios y organizaciones civiles.

“Todo esto permitió integrar una propuesta que suma la experiencia de quienes día a día tienen la responsabilidad de atender, defender y resolver todos los conflictos que se producen en el núcleo familiar”, destacó.

De igual forma, aclaró que el Código contempla únicamente los procedimientos del orden familiar, “en virtud de que compartimos la tendencia que se ha venido dando en algunas entidades federativas para expedir por separado las leyes adjetivas familiares y las que corresponden a la materia civil”.

La senadora panista por Querétaro manifestó que la familia es la base de la sociedad y fundamental para el Estado, “por ello, en nuestra opinión el derecho de familia debe regularse de manera especial, ya que por su naturaleza jurídica es distinta al derecho civil”.

La primera, añadió, pertenece al derecho privado y debe prevalecer el interés de las partes; en cambio, en la materia familiar se regula la organización, el funcionamiento y disolución de la familia, por lo que siempre habrá de prevalecer el interés superior del menor y la familia, aún por encima del interés de las partes.

La iniciativa para expedir el Código Nacional de Procedimientos Familiares, que consta de 14 títulos, siete capítulos y 626 artículos, fue turnada a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Primera, para su análisis y dictamen correspondiente.

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Comunicado de la oficina de la senadora Guadalupe Murguía Gutiérrez

 

 

3 de septiembre de 2019

Versión de la intervención de la senadora Guadalupe Murguía Gutiérrez, al presentar una iniciativa que expide el Código Nacional de Procedimientos Familiares

Con su venia, señora Presidenta.

Compañeras senadoras, compañeros senadores.

Desde 2017 se reformó la Constitución, el artículo 73 fracción 30, para facultar al Congreso de la Unión a expedir una legislación única en materia procesal civil y familiar.

En consecuencia, hoy presento ante esta Soberanía la iniciativa para expedir el Código Nacional de Procedimientos Familiares.

Esta iniciativa es propuesta del Tribunal Superior de Justicia del estado de Querétaro y es producto de la experiencia en la impartición de justicia y en el diálogo permanente que el Poder Judicial del estado de Querétaro ha sostenido con expertos en el tema, instituciones gubernamentales y no gubernamentales, colegios, asociaciones y diversas organizaciones.

Todo esto permitió integrar una propuesta que suma la experiencia de quienes día a día tienen la responsabilidad de atender, defender y resolver todos los conflictos que se dan en la parte más dolorosa de la sociedad, que es el seno de la familia.

Con la finalidad de que los conflictos se prolonguen y se agudicen, se establece que los tribunales facilitarán la celebración de acuerdos conciliatorios que pongan fin a la controversia en cualquier etapa del procedimiento.

Esta iniciativa sólo contempla procedimientos de orden familiar, como lo había venido comentando, en virtud de que compartimos la tendencia que se ha venido dando en algunas entidades federativas de expedir leyes procesales familiares, por separado de las que corresponden a la materia civil en general, ya que consideramos que el bien jurídicamente tutelado en uno y en otro es de naturaleza totalmente distinta.

Hoy el tema que se propone hace especial énfasis en el contenido de este Código en la protección del interés superior de la niñez a que están obligados todos los órganos jurisdiccionales.

La autoridad judicial deberá actuar más allá de la demanda cuando esto sea en aras del interés superior del menor, dando prioridad al derecho a la protección de todo niño, niña, adolescente, contra toda forma de sufrimiento, abuso o descuido.

Se procurará evitar la realización de prácticas que causen a estos menores un estrés psicológico, como consecuencia de declaraciones reiteradas, remembranza de hechos que puedan significarles ser dolorosos, interrogatorios repetidos, intimidantes, insidiosos y por supuesto demoras innecesarias.

La injerencia en la vida privada del niño, de la niña, del adolescente se va a limitar a lo mínimo necesario y en ningún caso se publicaría la información relativa a ellos.

Todo niño, niña, adolescente tiene el derecho, si así lo quiere libremente, de expresar sus opiniones sobre las decisiones que le afecten y también el derecho de que esos puntos de vista puedan ser tomados en consideración, según su edad, su madurez y su capacidad.

Las familias mexicanas merecen contar con una nueva legislación que asegure procedimientos ágiles, transparentes y homologados en todo el país, medios alternativos para la solución de los conflictos y la garantía de la protección de los derechos de las niñas, de los niños, de los adolescentes, de las personas con discapacidad mental o intelectiva y de las personas declaradas en estado de (inaudible).

Estos son algunos de los elementos más importantes que contiene esta iniciativa de Código Nacional de Procedimientos Familiares, que esperamos que cuente con la valoración positiva de este Senado.

Muchas gracias.

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