jueves, marzo 28, 2024

Propone senadora Xóchitl Gálvez sancionar penalmente a personas que comentan violencia por razones odio

  • Presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 149 quáter al Código Penal Federal

La senadora del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional, Xóchitl Gálvez Ruiz, presentó una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 149 quáter al Código Penal Federal, a fin de sancionar penalmente a las personas que incurran en la violencia o inciten a otros a ejercerla en contra de personas y sus bienes por razones de odio.

Señaló que, contrario a lo que se piensa, las conductas de odio se reproducen en todas las esferas de la vida social: en la familia, la escuela, la calle, redes sociales, medios de comunicación y organizaciones sociales.

“Se agravia a quien tiene otro color de piel. Se mata en nombre de un dios. Se asesina por venganza ideológica. Se priva de la vida creyendo hacer justicia por propia mano”, indicó al presentar su propuesta ante el pleno.

Incluso, Gálvez Ruiz recordó que en estos meses se han visto actos de violencia en contra de estudiantes de la UNAM, linchamientos en contra de personas a las que se consideró secuestradores o el apuñalamiento a un aficionado por una lucha entre barras de futbol que se odian y agraden de manera continua.

“Esta iniciativa tiene la finalidad de castigar de manera específica los delitos producto del odio. Agredir por odio no es lo mismo que discriminar, por ello, es relevante incorporar al Código Penal estas lamentables conductas que cada día vemos con más frecuencia”, afirmó.

Pongamos freno a quienes hacen uso de la violencia o la incitan de manera dolosa, en contra de aquellos que son diferentes, dijo.

La reforma propone establecer en el artículo 149 quáter sanción de seis meses a ocho años de prisión y multa hasta de diez mil pesos a quienes lleven a cabo actos de violencia de cualquier género en contra de personas o sus pertenencias por razones de origen o pertenencia étnica, religión, color de piel, lengua, género, sexo, preferencia sexual, edad, estado civil, origen nacional o social, condición social o económica, condición de salud, embarazo, opiniones políticas o de cualquier otra índole, que atente contra la dignidad humana.

Asimismo, señala que se aplicaría sanción de uno a cuatro años de prisión y de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos cincuenta días multa a quienes de manera dolosa dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer los actos de violencia a que se refiere el párrafo anterior.

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Boletín 065

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