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Senadora Mayuli Latifa Martínez Simón presenta dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, en materia de personas trabajadoras del hogar

Intervención en tribuna de la senadora Mayuli Latifa Martínez Simón al presentar el Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; Para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Primera, el que contiene proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, en materia de personas trabajadoras del hogar.

 

14 de mayo de 2019

Versión de la intervención en tribuna de la senadora Mayuli Latifa Martínez Simón al presentar el Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; Para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Primera, el que contiene proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, en materia de personas trabajadoras del hogar

Es el momento de poner votación de manera económica, somos mayoría.

Pero muy buenas tardes, Senadoras y Senadores.

Vengo a esta tribuna como Presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Primera, para presentar un dictamen que con el que haremos justicia laboral a más de dos millones de personas trabajadoras del hogar, en su mayoría  mujeres, que durante generaciones han sido invisibles para el sistema  jurídico y para las instituciones del Estado, permaneciendo siempre en el desamparo jurídico y social absoluto.

Se trata de un asunto que aprobamos en el Pleno de este Senado el pasado mes de abril y que fue turnado a la Cámara de Diputados para su análisis y, en su caso, aprobación.

Debido a que fue aprobado con modificaciones en su redacción, el asunto fue regresado a este Senado, motivo por el cual estamos presentando el dictamen que está a nuestra valoración con nuevas modificaciones de la Colegisladora, considerando que no alteran sustancialmente la protección de los derechos  de las trabajadoras domésticas en los que hemos logrado un consenso y que sólo son modificaciones de forma.

Compañeras y compañeros:

El trabajo doméstico, trabajo del hogar, históricamente ha sido considerado no como un empleo real y formal, sino como una actividad natural a cargo de las mujeres, por el cual no son acreedoras a un salario digno, a una jornada de trabajo decente, a gozar de días de descanso y periodos vacacionales pagados, a tener servicios de salud y atención médica, a un trato digno y respetuoso por parte de sus empleadores, y a todo el resto de derechos laborales y prestaciones sociales que  prevén nuestras leyes.

El dictamen está a nuestra consideración, producto de una iniciativa legislativa presentada en este Senado por nuestra compañera Xóchitl Gálvez, y a las que nos sumamos, Senadoras y Senadores. Pero debemos, sobre todo, reconocer en esta lucha social aquellas mujeres a lo largo de muchos años que buscan esta justicia laboral y social.

Lo que se propone es un cambio de paradigma en la protección laboral y social para las trabajadoras del hogar.

Como ya lo hemos dicho, estamos planteando un rediseño jurídico de la Ley Federal de Trabajo y de la Ley de Seguro Social, con la finalidad de mejorar las condiciones laborales de las trabajadoras del hogar.

El dictamen que estamos presentando propone:

Primero.- Establecer una definición del trabajo del hogar que acoge la gran diversidad de trabajadoras y trabajadores que realizan este empleo con uno o con varios patrones, que viven o no en el lugar de trabajo.

Es decir, que protege a todas las personas que se dedican al trabajo del hogar en las distintas modalidades en las que se pueda presentar.

Segundo.- Reconoce y garantiza todos los derechos laborales como cualquier otro empleo formal, tales como el contrato por escrito, horarios de trabajo, días de descanso pagado, vacaciones pagadas, prima vacacional y el aguinaldo.

Tercero.- Que incorpore la obligación de los patrones de proporcionar los alimentos para las trabajadoras del hogar que vivan en el domicilio donde laboran.

Cuarto.- Se establece la ley del derecho a recibir seguridad social. Es decir, que las personas trabajadoras del hogar estén afiliadas al IMSS, y que contarán con todos los derechos y las prestaciones que dicho Instituto otorga, como el servicio de salud, incapacidad, pensiones, guarderías y demás servicios en los que gozan los afiliados y beneficiarios.

Quinto.- Se fijan jornadas máximas de ocho horas diarias para las y los trabajadores del hogar que vivan en la casa donde trabajan, porque lo que cuando se excedan serán consideradas como horas extras, y se pagarán en los porcentajes mayores que prevé la propia ley.

Sexto.- Se prohíbe la contratación de personas mejores de 15 años, y para los adolescentes mayores de esa edad se establecen jornadas que no deberán exceder de seis horas diarias, y 36 a la semana, prohibiendo así además la contratación de adolescentes que no hayan concluido cuando menos la educación secundaria.

Se trata de una reforma estructural en materia laboral y de seguridad social, en defensa de los derechos humanos que reconoce la importancia y el valor del trabajo que realizan las personas que se dedican al trabajo del hogar.

Senadoras y Senadores.

Esta reforma mejorará la calidad de vida no tan solo de dos millones de personas que trabajan en el hogar de las que se tiene registro, cambiará la vida de dos millones de personas de sus hijos, de sus hijas, de sus familiares que dependen de ellos económicamente.

Enhorabuena.

Muchas felicidades a este Senado de la República porque estamos hoy festejando y haciendo justicia social nuevamente como hace un momento en la ley para establecer la paridad en el Estado mexicano, así como también para las trabajadoras del hogar.

Enhorabuena. Muchas gracias.

 

ooOoo

 

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