martes, abril 23, 2024

Senador José Erandi Bermúdez Méndez, al presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley de Aguas Nacionales

Intervención en tribuna del senador José Erandi Bermúdez Méndez, al presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el numeral 3 de la fracción VI del artículo 29 Bis 3 de la Ley de Aguas Nacionales

Gracias, senador presidente. Honorable asamblea.

El agua es un recurso que abunda en nuestro planeta: ocupa el 70 por ciento de su superficie. Sin embargo, para nuestra supervivencia como especie, las cifras son menos gratas: poco más del 97 por ciento del agua que existe en nuestro planeta es salada y solamente la cantidad cercana al 2.5 por ciento restante es agua dulce.

A su vez, de ese pequeño universo de agua dulce, de ese 2.5 por ciento, el 90 por ciento se encuentra en la Antártida. En números finales, se estima que sólo el 0.007 por ciento de agua en la tierra es potable. Si tomamos en cuenta los procesos contaminantes, la cantidad se reduce año tras año.

Por lo anterior, tenemos que reconocer como sociedad que el agua potable, si bien es un derecho humano, también es un recurso limitado y escaso, cuyo acceso o carencia va de la mano con la pobreza, la desigualdad, la injusticia social y la brecha de oportunidades ante la vida.

La ONU confirma que la escasez de agua afecta a más del 40 por ciento de la población mundial y existen estimaciones que arrojan que, en el mundo, una de cada 10 personas no tiene acceso directo a fuentes de agua potable.

Para marzo del año 2018, se calculaba que, de los 32 millones 925 mil hogares que se tenían contabilizados en nuestro país, apenas 22 millones, el 68 por ciento, tenían dotación diaria de agua mientras que en los restantes 10 millones el 32 por ciento, el suministro era irregular y en muchos casos de ellos es nulo, lo que arrojaba una lastimosa cifra de más de ocho millones 548 mil mexicanos sin acceso a agua potable directa.

Todo lo dicho son números y estadísticas, sin embargo, no perdamos de vista que se trata de historias y circunstancias que afectan la viabilidad y calidad de vida de las personas y familias, para las que trabajamos y para las que tenemos que ofrecerles soluciones que les permitan vivir mejor y más dignamente.

Para ofrecer salidas justas y locales a los problemas globales, como los que tienen que ver con el agua, es indispensable que el Estado, sociedad y mercado nos pongamos de acuerdo y trabajemos armónicamente.

Hoy día la Ley de Aguas contempla la figura de la cuota de garantía de no caducidad, ¿qué quiere decir la cuota de garantía de no caducidad? Ésta aplica a las concesiones y asignaciones de aguas nacionales y cuyo objetivo es que todos aquellos usuarios que no utilicen el volumen concesionado, paguen una cuota de oportunidad por la otra persona que puede estarla utilizando, si quieren mantener estos derechos y este volumen de esta concesión.

Para ponerlo en perspectiva, si un municipio, sin un agricultor, si una empresa se le dota de 100 mil metros cúbicos de agua al año y solamente extrae 50 mil metros cúbicos al años, los 50 mil metros cúbicos que dejó de utilizar tendrá que pagar esa cuota de garantía de no caducidad para no perder la concesión por los 100 mil metros cúbicos que el Estado mexicano le otorga a ello. Un claro ejemplo se expresa de esta manera.

Es por eso que nos preocupa poder disminuir las concesiones y hemos visto también que hay industria que han hecho labores tendientes a mejorar el suministro, a reutilizarla, a sanearla; de esos 100 mil metros cúbicos que tiene la concesión, 50 mil que extraen, hay empresas que hacen todo el esfuerzo para poder sanear esta agua que han extraído del subsuelo.

Y nosotros lo que estamos proponiendo es que el diferencial del volumen que se sustrae contra el que se sanea, se reutiliza o se recarga en el manto no sea considerado para este pago de cuota de garantía, porque creemos que es una forma de poder incentivar a que todas las personas que tienen, física o morales, que tienen una concesión de agua le inviertan a la reutilización, al saneamiento y sobre todo a la recarga de nuestros mantos, que hoy necesitamos.

Es por ello que queremos nosotros el día de hoy someter esta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el numeral 3 de la fracción VI del artículo 29 BIS 3 de la Ley de Aguas Nacionales, como dice: a fin de que el volumen del producto saneado, reutilizado y cuidado de manejo eficiente del agua no se considere para efectos del pago de cuota de garantía de no caducidad.

Nosotros creemos que con esta reforma a esta ley podemos incentivar para que la industria, para que todas aquellas personas que tienen una concesión de agua potable o de agua, que al final del día esta cuota de garantía de no caducidad pueda surgir efecto, que tengan obras tendientes a la mejora, a la reutilización y al saneamiento de este vital líquido que cada vez, como bien lo dije hace un rato, es un derecho, pero también es un recurso no renovable que tenemos que atender como Estado mexicano, como sociedad, a poder tener un recurso disponible para nuestra, pero sobre todo, para las futuras generaciones.

Muchas gracias, senador presidente, es cuanto.

 

ooOoo

 

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